COMUNICADO DE AMNISTÍA INTERNACIONAL:
Proceso al juez Garzón: ¿dónde están los derechos de miles de víctimas de desaparición forzada?
Proceso al juez Garzón: ¿dónde están los derechos de miles de víctimas de desaparición forzada?
El juez Baltasar Garzón puede ser juzgado por un presunto delito de prevaricación por investigar las desapariciones ocurridas durante la Guerra Civil y la dictadura franquista.
Amnistía Internacional considera insólito que un magistrado pueda ser juzgado por buscar la verdad, la justicia y la reparación para más de 100.000 personas desaparecidas durante la Guerra Civil española y la posterior dictadura franquista.
Amnistía Internacional considera insólito que un magistrado pueda ser juzgado por buscar la verdad, la justicia y la reparación para más de 100.000 personas desaparecidas durante la Guerra Civil española y la posterior dictadura franquista.
La Ley de Amnistía de 1977 ha sido invocada para perseguir al único juez que ha intentado dar respuesta a víctimas de desaparición forzada y sus familias. Si este juicio se produce será el primer caso del que tenemos noticia, en todo el mundo, de que un juez es llevado al banquillo por intenta conseguir verdad, justicia y reparación para estas víctimas. Es un mensaje tremendo para otros jueces que lo intenten, en España y en el resto del mundo.
Las leyes de Amnistía en un país no pueden entrar en contradicción con las normas internacionales de derechos humanos, y éstas dicen claramente que el crimen de desaparición forzada no es amnistiable, es imprescriptible, y que entorpecer su investigación es un delito.
Los familiares de los desaparecidos tienen derecho a conocer las circunstancias de su muerte, el paradero de sus seres queridos y poder ofrecer un entierro digno. Por ello, Amnistía Internacional, que trabaja por los derechos de la víctimas, se pronuncia en defensa de la legalidad internacional. El motivo ha sido el hecho que el Magistrado instructor en su auto de 3 de febrero expresase que el delito era no haber aplicado la Ley de Amnistía de 1977 a las desapariciones forzadas. La legalidad internacional es muy clara al respecto y sostiene que estos delitos no se pueden someter ni a prescripcion ni a amnistías ni a ningún tipo de mecanismo de impunidad.
Los familiares de los desaparecidos tienen derecho a conocer las circunstancias de su muerte, el paradero de sus seres queridos y poder ofrecer un entierro digno. Por ello, Amnistía Internacional, que trabaja por los derechos de la víctimas, se pronuncia en defensa de la legalidad internacional. El motivo ha sido el hecho que el Magistrado instructor en su auto de 3 de febrero expresase que el delito era no haber aplicado la Ley de Amnistía de 1977 a las desapariciones forzadas. La legalidad internacional es muy clara al respecto y sostiene que estos delitos no se pueden someter ni a prescripcion ni a amnistías ni a ningún tipo de mecanismo de impunidad.
Para Amnistía Internacional la mayor preocupación de este proceso es que se está poniendo en juego uno de los principios mas importantes de la legalidad internacional y con ello los derechos de las víctimas.
El Estado español es responsable ante las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo
España tiene el deber de poner fin a la prolongada injusticia de la que han sido objeto las víctimas de desaparición forzada y otros crímenes y sus familiares, llevando a cabo las investigaciones necesarias para dar con el paradero de los restos de estas personas, y esclarecer las circunstancias en que tan graves abusos se produjeron.
España tiene el deber de poner fin a la prolongada injusticia de la que han sido objeto las víctimas de desaparición forzada y otros crímenes y sus familiares, llevando a cabo las investigaciones necesarias para dar con el paradero de los restos de estas personas, y esclarecer las circunstancias en que tan graves abusos se produjeron.
De acuerdo con el Derecho Internacional, los crímenes contra la humanidad no son susceptibles de amnistía, indulto o prescripción. Es decir, el Estado español no puede sustraerse a la obligación de investigar estos crímenes, y debe poner fin a la impunidad garantizando a las víctimas y a sus familiares su derecho a la verdad, la justicia y la reparación integral.
No es posible que los Tribunales españoles – en base a sus obligaciones bajo el derecho internacional – hayan asumido su competencia para investigar y perseguir los crímenes más graves de derecho internacional cometidos en países como Chile y Argentina, en cuyas causas han sostenido que las leyes de amnistía así como cualquier otra medida análoga carecen de validez en España, y se abstengan de investigar crímenes similares cometidos en su propio país.
No es posible que los Tribunales españoles – en base a sus obligaciones bajo el derecho internacional – hayan asumido su competencia para investigar y perseguir los crímenes más graves de derecho internacional cometidos en países como Chile y Argentina, en cuyas causas han sostenido que las leyes de amnistía así como cualquier otra medida análoga carecen de validez en España, y se abstengan de investigar crímenes similares cometidos en su propio país.
Chapó.
Un abrazo
Nacho
Ninguna causa es admitida sin fundamento jurídico, la del juez Garzón se admitió por una presunta prevaricación al ignorar la ley, el hecho imputado no es por tratar de de abrir la fosas del franquismo ni el de enjuiciar los crímenes de la dictadura sino el de hacerlo con conocimiento expreso de la falta de competencias y sin capacidad legal para ello, presunta prevaricación e ignorar la ley. La fiscalía de la Audiencia ya mostró en su día su oposición a esta investigación y pidió el archivo de las denuncias presentadas, considerando que habían prescrito esos delitos en aplicación de la ley de Amnistía de 1977, pero a este juez nada le importó la posición jurídica de la Fiscalía General del Estado y optó por seguir dada la oportunidad de propaganda y la trascendencia mediática del asunto.
En los ataques orquestados a la Resolución del magistrado Varela y la arremetida contra el Tribunal Supremo, no hay un solo argumento jurídico de peso, unas 20 asociaciones de la memoria histórica, han mandado a Garzón una relación de 130.000 víctimas de la represión franquista, hasta la fecha la única fosa común en España con miles de cadáveres es la de Paracuellos del Jarama, donde descansan más de 8.000 víctimas, 3.000 sin identificar, desaparecidos , a los que en su día Garzón negó el mismo derecho que reconoce ahora a las víctimas del bando contrario .
Hay que diferenciar “prescripción” de “amnistía”. En el año 1977 se promulgó la Ley de Amnistía y desde entonces se prohíbe e impide perseguir y juzgar los delitos donde intervinieron connotaciones políticas cometidos con anterioridad a esta fecha. En virtud de esa Ley no puede ser juzgado Santiago Carrillo entre otros y numerosos etarras que fueron amnistiados.
El delito de Genocidio quedó tipificado en el año 1951, antes a este año no puede ser de aplicación por aquello de la irretroactividad de las disposiciones, de esto también sale beneficiado los asesinos de la matanza de Paracuellos del Jarama. Irretroactividad de las leyes, recogida en el Derecho Internacional.
Derecho y Justicia que reivindican algunas organizaciones políticas y sindicales izquierdistas que tienen como ejemplo a Stalin gran «defensor de los derechos humanos» y que no condenan los regímenes como los de Venezuela o Cuba.
La Justicia debe hacer su trabajo sin intromisiones, todo lo demás son lecturas simplistas y partidistas.